El Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid ha emitido una sentencia que dictamina que la FIFA y la UEFA han abusado de su posición de dominio y deben cesar en sus conductas anticompetitivas en relación con el caso de la Superliga. La demanda fue presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC) contra ambas organizaciones, alegando que estaban impidiendo la libre competencia en el mercado.
La magistrada titular ha estimado parcialmente la demanda, declarando que tanto la FIFA como la UEFA han infringido los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) al atribuirse la facultad de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas.
La sentencia ordena a ambos organismos rectores del fútbol que cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y les prohíbe su reiteración futura. Además, les condena a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que hayan tenido lugar durante el procedimiento.
La European Super League Company S. L. anunció en 2021 la creación de una Superliga europea, con la participación inicial de varios clubes importantes, pero la idea fue rechazada por la FIFA y la UEFA desde el principio. La sentencia coincide con la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar que varios estatutos y regulaciones de la FIFA y la UEFA son incompatibles con la legislación de la Unión Europea sobre competencia.
Aunque la Superliga en su forma original ya no está en marcha, la sentencia establece un precedente importante para futuras competiciones y proyectos en el mundo del fútbol. Los únicos clubes que quedan del proyecto inicial son el Real Madrid, el FC Barcelona y el Oporto, y la sentencia deja claro que no se puede imponer una prohibición o restricción abstracta a futuros proyectos similares.
La resolución del juzgado destaca la importancia de garantizar un sistema de libre competencia en la organización de competiciones de fútbol, y establece que corresponderá a los intervinientes modificar y adaptar los proyectos futuros, en lugar de imponer restricciones generalizadas.
Comentarios