Actualización de los municipios de Castilla y León con medidas excepcionales frente a las COVID-19

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El Consejo de Gobierno aprobaba esta mañana el acuerdo en donde se actualizaba los municipios con medidas sanitarias preventivas con carácter excepcional para la contención de la COVID-19. Estas medidas afectarán a 31 términos municipales de la comunidad.


León y Valverde de la Virgen, en la provincia leonesa; Villamayor (Salamanca); e Íscar, La Cistérniga y Medina del Campo, en Valladolid, se incorporan a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales.


Por otro lado, este régimen decae en Arévalo (Ávila);  Briviesca (Burgos); Ponferrada (León); Cervera de Pisuerga (Palencia); Salamanca y Béjar, en la provincia salamantina; y Valladolid y Olmedo, en la provincia vallisoletana.


La actualización aprobada alcanza 31 términos municipales castellanos y leoneses: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Alfoz de Quintanadueñas, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Bembibre, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes, Villamayor y Villares de la Reina (Salamanca); Segovia, Cantalejo, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín, Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).


Por lo tanto, estás son las medidas a las que laslocalidades mencionadas anteriormente deberán acogerse:



  • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:

  • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

  • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.



Además, la Junta recuerda que estos términos municipales deben mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León. 


Las nuevas excepciones entraran en vigor una vez este publicado en el BOCyL, es decir, a partir de las 00 horas del día 4 de mayo por periodo de catorce días. Asimismo la autoridad sanitaria competente realizará un seguimiento y evaluará la situación en función de los indicadores sanitarios, sociales y de la movilidad para ver si estos municipios continuan afectados o no. Inicialmente estas medidas se mantendrán hasta el día 17 del mismo mes inclusive.




Sonia Sánchez


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