Actualización de los municipios de la comunidad con medidas excepciones frente a la pandemia

Interior Bares
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Esta misma mañana, la Junta de Castilla y León ha actualizado el listado de los municipios castellano-leoneses que adoptaron medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 el pasado 5 de abril.


Arévalo (Ávila); Ponferrada (León); Guardo (Palencia); y Laguna de Duero, Olmedo y Peñafiel (Valladolid) se añaden a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de medidas excepcionales para la contención de la COVID-19.


Por su parte, Venta de Baños y Villamuriel de Cerrato (Palencia); Carbajosa de la Sagrada (Salamanca); El Espinar (Segovia): y Tudela de Duero (Valladolid) quedan exentos de este régimen preventivo.


La actualización aprobada en el día de hoy afecta a 31 términos municipales: Arenas de San Pedro y Arévalo (Ávila); Burgos, Briviesca, Lerma, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); La Pola del Gordón, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo y Villablino (León); Palencia, Aguilar de Campoo, Cervera de Pisuerga y Guardo (Palencia); Salamanca, Béjar, Santa Marta de Tormes, Villamayor y Villares de la Reina (Salamanca); Segovia, Palazuelos de Eresma y Riaza (Segovia); Soria y El Burgo de Osma (Soria); y Valladolid, Aldeamayor de San Martín, La Cistérniga, Laguna de Duero, Olmedo y Peñafiel (Valladolid).


Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:



  • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:




  • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

  • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.




Las nuevas excepciones entraran en vigor una vez este publicado en el BOCyL, es decir, a partir de las 00 horas del de mañana, 20 de abril, siendo actualizado cada siete días.Asimismo la autoridad sanitaria competente realizará un seguimiento y evaluará la situación en función de los indicadores sanitarios, sociales y de la movilidad para ver si estos municipios continuan afectados o no.



Sonia Sánchez


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